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Inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana con el número 105 de la Sección Primera.
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COLEGIACIÓNDe acuerdo con la legislación vigente, Ley 7/1997 de 14 de Abril, de los colegios profesionales, en España, para ejercer cualquier profesión liberal, es necesario pertenecer al Colegio Profesional correspondiente. De acuerdo con esta premisa, para ejercer la profesión de Ingeniero Técnico en Informática es necesario pertenecer al Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática. La incorporación al Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática en la Comunitat Valenciana es la única forma posible de defender y ordenar nuestra profesión. El Colegio velerá por la adecuada calidad de nuestros profesionales intentando promover una formación continua de todos los colegiados. El Colegio es la únia corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia para defender y representar a nuestros colegiados y a nuestra profesión. El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática en la Comunitat Valenciana estará formado por quienes lo soliciten y reúnan los requisitos previstos por los Estatutos.
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