Colegio Oficial Ingenieros Técnicos en Informática
Comunitat Valenciana
LEGISLACIÓN
Se crea el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunitat Valenciana, como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Dicho colegio se regirá en todas sus actuaciones por los preceptos básicos de la legislación estatal en materia de colegios profesionales, por la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de La Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, por el Decreto 4/2002, de 8 de enero, del Consell de La Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento de Desarrollo de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de La Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, por esta ley, por sus propios Estatutos, por el resto de la normativa interna y toda la que sea aplicable general o subsidiariamente.
Normativa del COITCV |
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LEY 7/2005, de 18 de noviembre, de creación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad Valenciana. |
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LEY 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. |
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LEY 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana. |
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LEY 21/2009, de 4 de diciembre, de creación del Consejo General de Colegios de Ingeniería Técnica en Informática. |
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Estatutos del COITICV. |
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RESOLUCIÓN, de 31 de julio de 2007, inscripción y publicación de los Estatutos del COITCV. |