Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunitat Valenciana

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Convocatoria de la Asamblea General del COITICV

Convocatoria de la Asamblea General del COITICV

El COITICV invita a todos/as los/as colegiados/as a participar en su Asamblea General, que tendrá lugar el próximo 25 de enero de 2025 en un formato mixto, combinando la asistencia presencial y la participación por videoconferencia.

La asamblea se celebrará en primera convocatoria a las 10:00 horas y en segunda convocatoria a las 10:30 horas. La modalidad presencial, con posterior comida opcional, tendrá lugar en el Hotel Holiday Inn del Saler, en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, y se ruega confirmar asistencia a través de este enlace. Para quienes prefieran asistir de manera virtual, se facilitarán los datos de acceso por correo.

Puntos del día: 

  1. Aprobar si procede, el ejercicio 2024.

  2. Aprobar si procede, el presupuesto del ejercicio 2025.

  3. Aprobar si procede, la modificación del Reglamento de la Corte de Arbitraje y su publicación en la Web, que consta de las actualizaciones de las tasas administrativas del COITICV y, eliminar el párrafo de las tarifas propuestas por el COITICV para los Árbitros, dejando que sea cada Árbitro el que las establezca, motivado por la prohibición para que los Colegios Profesionales establezcan tarifas o baremos de honorarios para sus colegiados, que se fundamenta en varias normativas que promueven la libre competencia y evitan prácticas restrictivas en el mercado de servicios profesionales.

    Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales: Esta ley, en su artículo 14, establece que los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrán fijar baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales, salvo lo establecido en la disposición adicional cuarta.

    Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia: Esta ley prohíbe acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas que puedan restringir o falsear la competencia en el mercado, incluyendo la fijación de precios o condiciones comerciales.

    Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal: Esta ley considera desleales las prácticas que falseen la libre competencia, incluyendo aquellas que impliquen la imposición de precios o condiciones comerciales no equitativas.

  4. Informe del Decano.

  5. Ruegos y Preguntas.

COITICV

Centro de Negocios foro Magno
Av. Maisonnave 28 bis 4ª
03003 Alicante

+34 963622994

administracion@coiticv.org

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